Psicología Jurídica

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Informe pericial

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UNIDAD DE PSICOLOGÍA JURÍDICA: Informe pericial
 
¿En qué consiste?

Es un instrumento para verificar las hipótesis planteadas por el solicitante del informe (por ejemplo ¿es más adecuada una custodia compartida para el beneficio del menor?, ¿es creíble el testimonio del menor respecto a un posible abuso?).  Fundamentalmente es una forma de comunicación al juez de los resultados obtenidos por la evaluación psicológica.

¿Cuántas partes lo componen?

1. Encabezamiento en el que se especifica los datos de filiación de los peritos, titulaciones y otros datos sobre su ejercicio profesional. Contiene así mismo los datos de la persona, entidad jurídica o institución que ha solicitado dicho informe.
2. Datos de identificación, de las persona/s objeto del peritaje y de los nombrados en el informe.
3. Metodología y Pruebas realizadas: se nombran las pruebas de evaluación, que van a ser utilizadas.
4. Evaluación y Resultados, constituye el núcleo del informe, está compuesto por los siguientes puntos: antecedentes y estructura familiar; desarrollo evolutivo y antecedentes personales; contenido de las pruebas psicodiagnósticas; observación y conducta durante la entrevista.
5. Conclusiones: recogen de forma clara y concisa todo lo argumentado a lo largo del informe (pueden incluir recomendaciones dirigidas tanto al juez, abogados, psicólogos del juzgado etc.).

¿Cómo se realiza el peritaje psicológico en el Gabinete Infanto-Juvenil?
    

 

 

 
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